"En aquella Almería de abril de 1941, dos años después del
final de la Guerra Civil y diez más tarde de la proclamación de la
Segunda República, los ciudadanos se estremecían por el anuncio de un
procedimiento por un delito de 'adhesión y auxilio de la rebelión' y por
'infracción a la Ley de Seguridad del Estado'.
Fue el llamado caso del 'Parte Inglés', un proceso judicial
que se llevó a cabo sin ningún tipo de garantías legales, que quedó como
ejemplo de 'represión ejemplarizante' por el cual el Estado Franquista
trasladaba la idea de que cualquier intento de ostentar la más mínima
libertad de expresión iba a ser condenada y repelida con dureza.
Ocho almerienses, Joaquín Villaespesa Quintana, Cristóbal
Company García, Francisco García Luna, Antonio González Estrella, Juan
Hernández Granados, Diego Molina Matarín, Francisco Martín Vázquez y la
joven de 20 años Encarnación García Córdoba, dependienta de la librería
'La Inglesa', fueron detenidos, encarcelados, juzgados en un proceso
absolutamente irregular, condenados a muerte y ejecutados poco más de un
año después.
El denominado 'cuñadísimo' de Franco, Ramón Serrano Suñer,
hombre fuerte del régimen en sus primeros momentos, abogaba por la
integración de España en el Eje que formaban Alemania e Italia, en plena
Guerra Mundial.
Serrano Suñer movía sus hilos y tentáculos, que
llegaban incluso a los resortes de la estructura judicial del Estado,
para promover acciones, estrategias e instrumentos que movilizasen a la
bastante estática opinión pública y sobre todo a los poderes del régimen
hacia esa entrada de España en el escenario de la guerra europea.
Muchos no tienen duda de que el caso del 'Parte Inglés' en
Almería formó parte de esa estrategia de denostación de todo lob
británico, como resorte para empujar a España hacia la germanofilia y,
de su mano, hacia la guerra.
Bien lo describió décadas después José
Miguel Naveros en un artículo publicado en 1978 en la revista Tiempo de
Historia, en el que describe el proceso y las implicaciones políticas y
estratégicas del 'Movimiento' en el proceso, incluyendo la utilización
de los medios de comunicación en general y del diario oficial de esta
institución en Almería: Yugo.
Un proceso 'prefabricado'
Se condenó a los ocho almerienses tras considerárseles
integrantes de una organización clandestina marxista, que estaba, según
las autoridades, entregada a la «propaganda, agitación, acción y socorro
rojo». El llamado 'Parte Inglés' era una recreación de la crónica
oficial de guerra del Estado Británico, reproducido y repartido en
diversos ámbitos de la ciudad almeriense, incluida la cárcel de El
Ingenio, la antigua fábrica de azúcar cuya fachada está hoy reproducida
en la ciudad, como recuerdo a la represión de la que fueron objeto los
presos allí ingresados durante el franquismo.
Los procesados fueron
ingresados primero en presión y, el 28 de abril de 1941, en el salón de
actos de la Escuela de Artes y Oficios, comenzó un proceso judicial que
ha quedado como ejemplo de la manipulación de la legalidad para
conseguir condenas preestablecidas.
Un proceso que duró hasta el 11 de agosto de 1942, fecha en
la que se dio cuenta de las ocho ejecuciones que ponían fin a un proceso
'fantasma', prediseñado desde el principio y parte de una estrategia
ejemplarizante no sólo en Almería sino en el resto del Estado, algunos
de cuyos pilares se referían al miedo a la represión que se intentaba y
conseguía trasladar con este tipo de medidas trágicas e injustas.
Lo dejaba muy claro la sentencia de ejecución y su posterior
reproducción en el diario Yugo de Almería:
«En el día de hoy, dando
cumplimiento a la sentencia que dictó en causa número 1.319 de 1941 el
Consejo de Guerra celebrado el día 18 del pasado mes de mayo, han sido
ejecutadas las penas de muerte impuestas a Joaquín Villaespesa Quintana,
Encarnación Magaña Gómez, conocida por Encarnación García Córdoba,
Cristóbal Company García, Francisco García Luna, Antonio González
Estrella, Juan Hernández Granados, Diego Molina Matarín y Francisco
Martínez Vázquez, como autores de un delito de adhesión a la rebelión,
consistente en la formación de una organización clandestina, de tipo
marxista, para la propaganda, la agitación, acción y el socorro rojo.
Con ello y con las graves penas de privación de libertad impuestas a los
otros procesados, cuya culpabilidad, aunque en menor grado, se demostró
en aquella causa, ha quedado liquidado con el sano y justo rigor
exigido por los principios en que se basa nuestro Estado y con la
ejemplaridad que reclama el mantenimiento de su seguridad y el respeto a
sus leyes, la insensata aventura de quienes no supieron reconocer la
generosidad de nuestro Régimen, del que ya habían sido beneficiarios, y
olvidando los más sagrados deberes de todo español para la Patria, no
vacilaron en laborar contra ella para servir intereses extranjeros»." (Ideal, 19/03/17)
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